LA PLAGA DE LAS PSITÁCIDAS

Prólogo:

Las primeras cotorras que se tiene registro en España datan de los años 70 y 80 importadas inicialmente desde Sudamérica, Oriente Medio y África, como aves de compañía.

La insoportable convivencia con estas ruidosas y sucias aves, probablemente es la causa de que el primer registro de cotorras en libertad que se tiene constancia en España suceda en Madrid, a finales de los años 80.

En contra de la legislación vigente, Madrid hasta hace poco se había convertido en un paraíso fuera de la ley para los aproximadamente 11.000 ejemplares de cotorra argentina, más de la mitad de los que existen en España conforme a los censos realizados por la Sociedad Española de Ornitología, así como para otros 1.400 ejemplares de cotorras de kramer, también la mitad aproximadamente de los censados en España. 

Introducción:

“Tres hombres y dos mujeres, con edades comprendidas entre los 18 y 71 años ingresan en urgencias del hospital de zona. El espectro clínico es homogéneo:

- Fiebre superior a 38,5°C, mal estado general, artromialgias, escalofríos y cefalea.

- En ningún caso se refería tos ni expectoración ni dolor torácico.

- El recuento leucocitario oscilaba entre 6.300-13.400/mm3 sin neutrofilia.

- Resto de parámetros de hematimetría y bioquímicos normales.

- Todos los pacientes presentan elevación de la velocidad de sedimentación a la primera hora (entre 38-61mm) y de la proteína C reactiva (entre 7,86-27,51mg/dl).

- La radiografía de tórax muestra infiltrado neumónico lobar en todos los casos, en tres de ellos en lóbulos inferiores.

 -Los 5 pacientes desarrollan un proceso neumónico.

Cuatro requieren ingreso hospitalario, uno de los cuales en UCI por desarrollo de insuficiencia respiratoria aguda con necesidad de ventilación invasiva y otras medidas de soporte.

Durante el periodo mencionado se han detectado 21 personas expuestas y se han identificado 5 casos de psitacosis.”

Los datos expuestos los he tomado del informe médico de un brote de psitacosis que ocurrió entre agosto y septiembre de 2009 en una localidad de casi 4.000 habitantes situada en la comarca norte de Málaga. La evolución fue favorable en todos los casos, salvo el que precisó ingreso en UCI.

Un caso trabajaba en un criadero informal de aves exóticas y otro era visitante habitual del mismo. El resto de casos tuvieron contacto directo con aves exóticas como mascota, adquiridas en el criadero anterior.

Tras establecer la alerta epidemiológica, los responsables de salud ambiental del área obtuvieron del criadero identificado 37 muestras de aves psitácidas para detección por PCR de C. psittaci siendo positivas en 6 de ellas (correspondientes a especies de kramer, rabadilla, agapornis y ninfa).

Se instó a la limpieza y desinfección de las dependencias del criadero identificado, así como a cumplir el tratamiento antibiótico de las aves según recomendación y pauta veterinaria.

Clínica médica:

Chlamydophila psittaci infecta a los humanos por inhalación de microorganismos procedentes de heces desecadas de aves infectadas. El periodo de incubación es habitualmente de 5-14 días. La infección no conlleva la aparición de enfermedad, puesto que una gran mayoría de pacientes son asintomáticos o presentan síntomas menores.

Alrededor de un 10% de las personas expuestas desarrollan una enfermedad respiratoria aguda. La psitacosis se manifiesta en la inmensa mayoría de pacientes con un cuadro clínico de comienzo abrupto con fiebre, escalofríos y mialgias, como mostraron una gran parte de los pacientes del brote descrito. Otros síntomas frecuentes son cefalea, usualmente asociada a fotofobia, y tos seca de aparición, por lo general, tardía. Ocasionalmente, ocurren casos de insuficiencia respiratoria grave que requieren soporte ventilatorio, tal y como presentó un paciente de nuestra serie.

Dado que el cultivo de C. psittaci es difícil e incluso peligroso, el diagnóstico suele establecerse por métodos serológicos. Los métodos moleculares mediante aplicación de la PCR mejoran considerablemente el rendimiento diagnóstico.

Definición de especies nocivas:



Cotorra argentina (Myiopsitta monachus) – © Juan Varela / SEO-Birdlife



Cotorra de kramer (Psittacula krameri) – © Juan Varela / SEO-Birdlife


Análisis de riesgos:

. Por su voracidad alimentaria que básicamente es frugívora y de semillas pero frecuentemente incluye puestas y pollos de otros pájaros, causa daños millonarios en los cultivos que esquilman, así como en la vegetación, pues tienen apetito por los brotes tiernos, habiendo puesto al borde de la destrucción varios jardines botánicos y cultivos de frutales, maíz y tomate.

. Transmisora de enfermedades para la fauna silvestre, aves de corral, palomas, canarios y el ser humano.

- Psitacosis, enfermedad causada por la bacteria Chlamydophila psittaci, que puede estar presente en los excrementos y secreciones respiratorias de loros, cotorras y papagayos, cuyos principales síntomas son alteraciones respiratorias, asfixia y otros síntomas similares a la neumonía.

- Gripe aviar, enfermedad infecciosa vírica que aunque principalmente afecta a las aves, tiene potencial para infectar a mamíferos, incluidos el ser humano, el cerdo y el gato doméstico.
Se transmite principalmente por las heces y secreciones respiratorias. Los síntomas en las personas son similares a los de la gripe común (influenza), con fiebre, tos y mialgia (dolor muscular), en casos severos neumonía y eventualmente podría provocar la muerte.

. Son animales extremadamente ruidosos, que emiten constantemente reclamos chirriantes, gárrulos y ásperos hasta marear.

. Son aves gregarias que destruyen árboles para construir enormes nidos coloniales de hasta 100 kg de peso, amenazando la integridad de los transeúntes y de los propios árboles sobre los que están construidos.

. Mantienen un crecimiento exponencial pues apenas tienen predadores. 

Situación legal:

. Desde 1995, la introducción o liberación no autorizada de especies alóctonas (exóticas) es un delito contra el medio ambiente.

. Están catalogadas como especies exóticas invasoras, con procedimiento regulado conforme al RD 630/2013 de 2 de agosto, que prohíbe expresamente su tenencia.

. La competencia de actuación para su control recae en las administraciones municipales y autonómicas, que podrán recibir la ayuda técnica y económica estatal.

. La ley obliga a su control e incluso la erradicación (eliminación total de la especie), especificando que el incumplimiento de este real decreto estaría sujeto a sanciones. 

Conclusión:

Las actuaciones de algunos municipios, en su ánimo de no disgustar a sectores animalistas, han procedido con la retirada de nidos, habiendo esto causado más daño aun, pues las colonias nidificantes de un solo árbol se han dispersado por zonas más amplias, repartidas en cuatro o cinco nuevos nidos.

Las jaulas-trampa han demostrado ser inútiles, pues estas aves aprenden rápidamente lo que pueda ser un riesgo para su integridad y salvo las primeras despistadas que son capturadas, el resto no se acerca a las trampas.

Otras medidas como los piensos esterilizantes, sugeridos por algunos sectores conservacionistas, no van acompañadas de estadísticas objetivas de resultados en donde se han utilizado, además de ser método no selectivo que pondría en peligro la subsistencia de fauna autóctona.

Todas las anteriores campañas de control, en las que se han gastado millones de euros del contribuyente, además de haberse demostrado ineficaces, han supuesto un disparatado gasto al ciudadano de 268,00€ de media, por cada cotorra retirada de los municipios españoles.

La única actuación realmente eficaz hasta la fecha, ha sido acometida por el Ayuntamiento de Zaragoza, que dejándose aconsejar por biólogos y ornitólogos, procedieron a abatir los individuos adultos mediante carabinas de aire comprimido y estrictas medidas de seguridad, eliminando el problema de manera expeditiva y permanente.

Sin embargo, la toma de medidas de control de estas poblaciones invasoras conforme a la ley y las más elementales normativas de salud y que tiene de su lado a los sectores científicos y conservacionistas del patrimonio natural, ya ha tenido en contra a los sectores animalistas que amenazan con consecuencias electorales.

Miguel Á. Saura

Madrid, 3 de enero de 2021

Bibliografía:

https://www.elsevier.es/es-revista-atencion-primaria-27-articulo-brote-psitacosis-comarca-norte-malaga-S0212656711001557

https://elpais.com/ccaa/2016/09/17/madrid/1474125840_664639.html

https://seo.org/2015/03/09/aprende-a-distinguir-la-cotorra-argentina-de-la-de-kramer/